Rio Gallegos - Santa Cruz. 20 de Abril del 2024
EN COMISIONES

Avances en la prohibición del consumo de alcohol

El legislador por municipio de Río Gallegos, Santiago Gómez, se refirió al tratamiento en la Cámara de Diputados del proyecto que incluye sanciones en el Código de Faltas Provincial para aplicar a quien consumiere alcohol en la vía pública, cualquiera sea la graduación.



El miércoles se llevó a cabo la reunión de Comisión de Asuntos Constitucionales, donde los integrantes del Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia expusieron los fundamentos como gestores de la iniciativa. Cabe destacar que además la propuesta está en evaluación en la Comisión de Legislación General.

“Agradecemos el espacio abierto a Comuna para que expongan su historia y lucha contra diversos flagelos. Fueron actores decisivos para que se prohíba fumar en lugares públicos y ahora promueven acciones para combatir el consumo de alcohol”, explicó Gómez.
“En Comisiones compartimos la importancia de abordar la problemática con sanciones que pueden ser días de arresto o tareas de utilidad pública. La idea es concientizar, prevenir y ayudar a que disminuya la ingesta de alcohol”.
Gómez aclaró que “por supuesto, queremos que el proyecto siga teniendo el carácter participativo. Fue armado con distintos aportes, se convocó a la Policía, a jóvenes, a la Defensoría de Niñez, y a comerciantes, entre otros. Ahora es expuesto a los Diputados”.
Para finalizar dijo que los Legisladores del Frente Unión Para Vivir Mejor comparten la iniciativa que se presentó en la Cámara el pasado 12 de octubre.
“Espero que el FPV considere los beneficios del proyecto y proponga las modificaciones que considere sin ignorar el espíritu integral de mejorar la convivencia”.

Detalles del Proyecto

Específicamente se plantea estipular en el Código de Faltas de la Provincia de Santa Cruz – Ley Nº 3125-, la disposición de sanciones que prevén la opción de arresto o tareas de utilidad pública por alrededor de cuatro a quince días a quien “consumiere bebidas alcohólicas en la vía pública, excepto en aquellos lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente”.
Se consideran ‘bebidas alcohólicas’ aquellas que contengan alcohol cualquiera fuere su graduación; y además se contempla la aplicación de medidas para los casos de consumo en plazas y sectores educativos. También rige en lugares públicos y de concurrencia masiva, cuyo permiso no haya sido previamente contemplado.
Cabe destacar que tratamiento diferente tendrán los menores de edad que incurran en la falta. En este caso los procedimientos se regirán mediante lo normado por la Ley N° 3062 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.



Viernes, 17 de noviembre de 2017


 
 


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