AFIP
Martes, 11 de octubre de 2016
Flexibilizan el mecanismo para activos
Alberto Abad firm una nueva resolucin general de AFIP que elimina algunas trabas a la exteriorizacin de activos en efectivo. Lo hizo a travs de la Resolucin General 3943 que public en el Boletn Oficial. El prximo 31 de octubre vence el tiempo para efectivizar el blanqueo de pesos y dlares en efectivo, estn o no en el pas, segn surge de la Ley de Sinceramiento Fiscal y Reparacin Histrica a los Jubilados.
Ante la proximimidad de esa fecha lmite, y en reclamo de medidas aclaratorias y simplificadoras por parte de contadores y letrados, la AFIP estim "conveniente disponer que las constancias de valuacin de los bienes inmuebles del pas o del exterior que se declaran, podrn ser otorgadas por cualquier profesional cuyo ttulo habilitante le permite dentro de sus incumbencias la emisin de las mismas".

Adems, el organismo a cargo de Alberto Abad, determin a travs de la Resolucin General 3943, que en los casos que se declaren tenencias de efectivo que atribuya a un familiar cercano, "los sujetos declarantes debern mantener a disposicin de esta Administracin Federal, la documentacin que acredite la posesin, registracin o depsito a nombre del cnyuge, pariente o tercero de que se trate".

En ese punto, la norma precis que en el caso de los parientes que hubiesen declarado impositivamente a la AFIP, a travs de DDJJ, como propios activos que correspondan a un pariente, "la desafectacin de los mismos deber ser informada en las respectivas declaraciones juradas del referido impuesto, de acuerdo con el procedimiento que este Organismo establezca al efecto, lo cual no producir efectos tributarios a aqul".

Tambin, el ente recaudador atendi al pedido de los contadores de admitir ms de un depsito en la cuenta bancaria especial y el uso de esos fondos para la liquidacin: "El importe del pago a cuenta calculado, correspondiente a la segunda o las siguientes registraciones en la cuenta de la misma entidad bancaria, podr realizarse afectando fondos de los depsitos ya concretados en esta. Para ello, se podr efectuar una transferencia por el importe exacto del Volante Electrnico de Pagos (VEP) del pago a cuenta, desde la cuenta especial hacia la cuenta bancaria desde la cual se cancelar electrnicamente dicho importe".

Cabe recordar que el plazo para exteriorizar efectivo se extiende hasta el 31 de octubre, pero la AFIP precis que el trmite habr que tenerlo completado antes del 24 de ese mes, porque ese es el da lmite que estableci para la emisin del Volante Electrnico de Pago (VEP). Por ello, el organismo aconseja arbitrar los recaudos necesarios para que durante la vigencia de los mismos, los fondos y autorizaciones para su pago se encuentren disponibles y que dicho lapso coincida con los das y horarios de prestacin del servicio de la respectiva entidad de pago.

El trmite habr que tenerlo completado antes del 24 de octubre, porque ese es el da lmite que estableci la AFIP para la emisin del VEP
El total de efectivo que no supere los $305.000 no pagar multa, pero se debe abrir una cuenta especial en el banco para depositar el dinero. Para depsitos entre $305.000 y $800.000, hay que pagar un 5% de impuesto, por montos superiores la alcuota sube al 10 por ciento.

La ley precisa que se deber pagar 1% del valor del dinero no declarado hasta el 31 de octubre prximo y el resto se puede abonar hasta el 31 de diciembre de este ao.

FORMA DE PAGO DEL IMPUESTO ESPECIAL

Hay que tener en cuenta que, cuando las tenencias en efectivo superen los $305.000, o su equivalente en otra moneda, al cambio que estableci la Ley 27260 ($14,70), el sistema liquidar un pago a cuenta del impuesto especial, equivalente al 1% del importe en pesos registrado y se generar automticamente un Volante Electrnico de Pago (VEP) con fecha de expiracin a la hora 24 del segundo da corrido siguiente a la fecha de generacin del VEP.

Para los casos de los contribuyentes que quieran hacer el pago del Impuesto Especial desde el exterior, la AFIP precis que podr utilizar el mecanismo de la transferencia bancaria internacional: en la Etapa de Liquidacin del Impuesto Especial, el declarante tendr que elegir la opcin de pago desde el exterior. El sistema generar el Volante de Pago Internacional conteniendo la informacin consignada por l y las instrucciones para efectuar una transferencia bancaria internacional.

La AFIP aclar que "al efectuar la transferencia se deber advertir a la entidad financiera de procedencia que su CUIT y el cdigo de Impuesto Concepto Subconcepto (ICS 409-366-366) se consignarn en el campo libre de 140 posiciones que posee la Transferencia Bancaria Internacional (Campo 70 del mensaje Swift MT103)". Una vez efectuada la Transferencia Bancaria Internacional, el declarante ingresar nuevamente al sistema y en la Etapa 4 "PAGO" informar la transferencia realizada adjuntando la imagen digitalizada del comprobante que le fuera entregado por la entidad financiera del pas de procedencia".

En caso de haber realizado un pago por un importe menor al total del Impuesto Especial a ingresar, el remanente deber ser cancelado en pesos con Volante Electrnico de Pago (VEP) por la diferencia que informar el sistema. (Infobae)
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