Federico Alarcn oriundo de Buenos Aires- y Haydee Zapata oriunda de la provincia de Mendoza-, quienes residen en la villa turstica, fueron juzgados y condenados la semana pasada, en un debate abreviado, por los jueces federales de la Cmara Oral Federal de Ro Gallegos, por el delito de: Transporte de Estupefacientes, cuya causa data del ao 2012.
La causa se inicio en el mes de diciembre del ao 2012, cuando investigadores de Narcotrfico y del Delito Complejo de la Polica de Seguridad Aeroportuaria, alertaron al Juzgado Federal, en ese momento a cargo de la Dra. Cecilia lvarez, sobre presuntas actividades de envos de estupefacientes, desde la ciudad de Buenos Aires hacia El Calafate mediante la contratacin del servicio de cargas del Transporte Omar y bajo la modalidad de ocultamiento en el interior de aparatos de televisin.
En funcin de lo informado, la jueza subrogante orden que se llevaran a cabo tareas de vigilancia sobre el movimiento de cargas del mencionado transporte con especial indicacin de los envos de televisores, autorizando su inspeccin mediante el uso de un Scanner, habindose obtenido resultados positivos el da 29 de diciembre de 2012, sobre un envoltorio que contena uno de los aparatos, figurando como destinataria Andrea Gutirrez con domicilio en calle De Los Olmos N 5113, datos que eran inexistentes.
El escaneado del envo arroj como resultado la deteccin de ocho paquetes de sustancia orgnica que no resultaban partes componentes de un televisor. Es por ello que se implanta una discreta vigilancia en dependencias de la empresa transportadora con el fin de identificar a las personas que iban a retirar el envo, lo que sucedi el da 29 de diciembre, a las 13:25 horas, cuando la pareja arrib al lugar, a bordo de un Volkswagen Gol.
Haydee Zapata, se present en las oficinas y solicit la entrega de la encomienda, mientras Federico Alarcn tom el paquete y lo ubic en el asiento trasero del auto, instante en que los preventores proceden a su detencin.
En la requisa vehicular se constat que el envo retirado por los sospechosos fue originalmente despachado desde la empresa Centro Sudamericano de Logstica S.A. en la localidad de Esteban Echeverra, provincia de Buenos Aires y el despacho original fue recibido por transporte Omar el 18 de diciembre de 2012, esta prueba se complement con el informe de la Polica de Seguridad Aeroportuaria que da cuenta que consultada la empresa de transporte, sta informa que el da 18/12/2012, se registr por planilla de ingreso al predio la recepcin del envo investigado por parte de una persona en forma particular que manifest llamarse Federico Alarcn coincidiendo plenamente con el nombre del imputado y resultando sumamente llamativa la similitud del nmero de documento informado con el nmero que realmente corresponde a Alarcn.
La encomienda fue abierta en dependencias del Juzgado Federal, obtenindose siete envoltorios con material estupefaciente que debidamente peritado se determina que consisten en 55,68 gramos de marihuana y 1088,25 gramos de cocana susceptibles de producir 5.115 dosis de 50 miligramos-.
Por todo lo expuesto, para los jueces federales, qued acreditado el hecho y la participacin de los imputados, ya que qued probado que fue Alarcn quien despach el da 18 de diciembre de 2012, desde la localidad de Esteban de Echeverra provincia de Buenos Aires, la encomienda identificada con gua N 0001-00018287 de Transportes Omar a nombre de un destinatario falso como Andrea Gutirrez, con destino a El Calafate, trasladndose hasta la ciudad donde tena residencia para completar su accionar con el necesario retiro en destino, para lo cual cont con la asistencia de Zapata.
Responsabilidad penal
En cuanto a la calificacin legal, los magistrados coincidieron con la propuesta Fiscal en cuanto a que los hechos protagonizados por el imputado Alarcn resultaron configurativos del delito de Transporte de Estupefacientes conforme lo previsto y sancionado por el Art. 5 inc. c) de la Ley 23.737, calificacin que fundamentaron explicando que Alarcn cumpli los dos roles necesarios para producir el traslado del toxico, despachando en una localidad lejana y a su vez siendo quien se encarg de su retiro en El Calafate ejecutando una de las acciones ms importantes en el trfico, pues permite que el toxico llegue desde los centros de produccin a los consumidores que de otra forma, no podran acceder al mismo. El protagonismo directo de Alarcn permiti a su vez coincidir que el aporte criminal de Zapata no result determinante para que los hechos se ejecutaran de la forma descripta y en consecuencia su conducta debe ser encuadrada en las previsiones del Art. 46 del Cdigo Penal.
Sentencia
El Fiscal propuso en el debate abreviado, imponer a Federico Alarcn la pena de cuatro aos de prisin en efectivo cumplimiento, multa de $ 500 accesorias legales y costas del proceso como autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes y a Haydee Zapata la pena de dos aos de prisin en suspenso conforme lo normado por el Art. 26 CP establecindose reglas de conducta previstas en el art. 27 bis, el pago del mnimo de la multa prevista y las costas del proceso como participe secundaria del delito de Trasporte de Estupefaciente, penas que fueron aceptadas por los integrantes del Tribunal quienes tuvieron en cuenta la edad, educacin, y dems condiciones personales de los procesados.