NACIÒN
Viernes, 9 de febrero de 2018
La ANMAT prohibió la comercialización de productos alimenticios
Las decisiones se publicaron este viernes en el Boletín Oficial.
Con la firma de seis disposiciones que se publicaron este viernes en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió una serie de productos alimenticios.

A través de la disposición 1096-E/2018, se levantó la venta del artículo identificado como "Miel 100% Pura y Natural marca: Del Bosque, Vto.: Agosto 2018, Peso Neto 300. "El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 13 y 155 del CAA por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser un producto ilegal", justificó la ANMAT.

Por los mismos argumentos, la dis" Miel de Abejas, marca: El Atardecer, RNP N° 05-003977, RNE N° 05-000674″. "Carece de autorización de establecimiento y de producto, al consignar en el rótulo un RNE perteneciente a otro establecimiento y un RNPA correspondiente a otro producto, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal", indicó la ANMAT.

La disposición 1198-E/2018 prohibió la venta de los siguientes productos:

– "Miel de abeja de alta montaña con albahaca, 100% Natural", marca: Naturatessen, 200 ml, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16005542.

–"Miel morada, 100 % miel", marca: Moro o Caña, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 16218/09.

–"Miel de abeja, 100% natural", marca: Artesanal, jalea real, fecha de vencimiento desde 18/05/17 hasta 06/11/18, RNPA N° 11608/09, todos elaborados por el RNE N° 16000616.

"Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", indica la disposición.
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