CONSEJO MUNICIPAL DE DISCAPACIDAD
Rige el código de Edificación Urbana para la habilitación comercial
COMUDI promueve la toma de conciencia comunitaria acerca del tema discapacidad, asesorando al Departamento Ejecutivo en propuestas de acciones y políticas relativas a la atención, promoción y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad tal lo establece la Ordenanza Municipal nº 6197,
El Consejo Municipal de la Discapacidad, a través de la Coordinación de Consejos Municipales dependiente de la Secretaria de Desarrollo Comunitario informa a la comunidad en general que se toma conocimiento de la circular generada desde la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Río Gallegos sobre “que toda documentación de obra habilitación comercial que ingresen a esos departamentos den cumplimiento con el artículo 469 del C.E.M., donde hace referencia a Normas Complementarias y/o Supletorias de las disposiciones del Código de Edificación de la Ciudad de Río Gallegos que en el inciso 14 expresa que se deben dar cumplimiento con la Ley nº 24314 sobre accesibilidad de personas con movilidad reducida, su decreto reglamentario nº 914/97 y el decreto nº 467 1998, Ley Nacional nº 22431, sobre supresión de barreras arquitectónicas”. Por tanto que COMUDI promueve la toma de conciencia comunitaria acerca del tema discapacidad, asesorando al Departamento Ejecutivo en propuestas de acciones y políticas relativas a la atención, promoción y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad tal lo establece la Ordenanza Municipal nº 6197, que expresa con total beneplácito que estas acciones concretas contribuyen a fortalecer la inclusión social de las personas con discapacidad, a diferentes espacios y derechos sociales en pos de la construcción de una comuna con sentido integrador.
Martes, 3 de noviembre de 2015
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