Rio Gallegos - Santa Cruz. 29 de Abril del 2024
CHUBUT

Entrará en vigencia la ordenanza que regula la atención al público

La medida responde a la gran cantidad de reclamos recepcionados en la Oficina de Defensa al Consumidor local y apunta a regular la atención que brindan bancos, financieras, supermercados, comercios y espacios con gran afluencia de público.



A partir del 9 de agosto, comenzará a regir la Ordenanza N° 11.482/14, que establece normas para la atención del público en los establecimientos comerciales de la ciudad de Comodoro Rivadavia. Dicha norma, cumple con los plazos establecidos para su implementación, que se corresponde al paso de 90 días desde su publicación en el Boletín Oficial.

En este sentido, el coordinador de Defensa al Consumidor, Roberto Arias, explicó que como resultado de un trabajo conjunto realizado por el Concejo Deliberante, por iniciativa del Concejal Marcelo Rey, que fue elevado a la Secretaría de Gobierno y Función Pública, se concretó esta Ordenanza que se aplica a entidades financieras, no financieras, bancos, supermercados, hipermercados y cualquier otra entidad que tenga gran afluencia de usuarios y consumidores.

“Comienza a aplicarse desde el día 9 de agosto, en función de que nos llevó un tiempo prudencial darla a conocer, donde hemos asistido comercio por comercio notificándolos que entraba en vigencia y los detalles sobre la misma que se deben tener en cuenta”, detalló Arias.

DETALLES SOBRE LA ORDENANZA N° 11.482/14

En este sentido, el responsable de Defensa al Consumidor, explicó que esta norma cuenta con tres tópicos importantes, el primero de ellos refiere a la atención al cliente, que tiene lugar a través del Art. 8 bis, de la Ley Nacional 24.240, la cual contempla el trato digno que debe recibir el consumidor, cliente o usuario en los comercios o entidades de la localidad.

“En función de ello se ha implementado a través de la Ordenanza 10.482/14, un sistema que obliga a las entidades con importante afluencia de público, a entregar no solo un número al momento del ingreso sino cumplir con la atención al cliente en no más de 60 minutos”, indicó Arias, al tiempo que agregó que “el número de turno correspondiente debe estar identificado en una pantalla visible y el usuario debe conocer cuántas personas se encuentran antes que él para ser atendido”.

El segundo punto hace referencia a la cantidad de cajas habilitadas en las entidades, sobre todo en supermercados e hipermercados, el cual debe responder de igual manera al trato digno del cliente. “Se dispone que en todo momento, las entidades y comercios afectados deben tener el 70% de cajas habilitadas, al menos en horarios pico, espacio de tiempo en el que ingresan la mayor cantidad de público, con el fin de agilizar y optimizar el tiempo de espera”, resaltó.

Finalmente, el tercer punto que tiene relación con el cumplimiento de los dos anteriores, contempla la puesta en práctica de los libros de quejas. Anteriormente se encontraba habilitado solo para entidades de servicio público, pero a partir de esta Ordenanza, todas las entidades con mucha afluencia de público deben contar con el mismo, perfectamente identificado con cartelería al ingreso al local o en la mesa de atención al público.

CONTROL DE CUMPLIMIENTO Y SANCIONES

Con respecto a la metodología que se implementará para el control de cumplimiento de la norma, Arias indicó que “como autoridad de aplicación, desde Defensa al Consumidor, comenzaremos con las inspecciones, conforme a la ley 24.240 y las ordenanzas de la jurisdicción”.

De este modo, remarcó que “aquellos comercios que deban ser sancionados, se les aplicará un método novedoso que es el sistema de módulos, donde como primera sanción se aplicarán desde 250 módulos hasta 2.500 módulos y, en caso de ser reincidente, se multiplicará. El día de hoy –dijo- el valor del módulo es de $0,10 centavos”.

“Creemos que con estas medidas estamos dando respuestas a muchos reclamos insistentes de los consumidores y usuarios de la localidad, que manifiestan sus inquietudes en nuestras Oficinas. Destinamos importantes esfuerzos desde la gestión –agregó- siempre para beneficios del ciudadano comodorense”.

CANALES DE DENUNCIA

Por último, Arias recordó que el primer elemento de denuncia que contempla la Oficina de Defensa al Consumidor es el libro de quejas, que son controlados por los inspectores para conocer los puntos clave o débiles de cada comercio.

“Además, la comunidad puede acercarse a nuestras oficinas ubicadas en Sarmiento 975, en el horario de 8:30 a 13:30 horas, comunicarse al 406-8992 o a la línea gratuita: 0800-333-0706, no solo para reclamos sino también para asesoramiento y consultas sobre toda temática relacionada al consumo. (El Patagónico)


Sábado, 26 de julio de 2014


 
 


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