Rio Gallegos - Santa Cruz. 2 de Mayo del 2024
GRAVE DESORDEN INSTITUCIONAL

Tras el pedido de los jugadores, intervienen la Confederación Argentina de Básquet

El Gobierno dispuso la iniciativa que durará 180 días hábiles y designó a Federico Esteban Susbielles como el funcionario encargado de regularizar la situación.



A raíz de una presentación presentada por la Secretaría de Deportes de la Nación, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, dando cuenta de la "delicada situación económica e institucional por las que atraviesa la Confederación Argentina de Básquetbol" se solicitó que se adopten las medidas de fiscalización y resguardo de la entidad.

En este marco se presentó un escrito firmado por los representantes legales de dos de las entidades afiliadas a la Confederación, la Federación de Básquetbol de Entre Ríos y la de Santa Cruz, donde se denunció el "grave desorden institucional y la crítica situación económica-financiera de la Entidad, así como una serie de irregularidades en el manejo administrativo y contable de la institución".

Al respecto el escrito señala que la entidad mantiene una histórica deuda con los jugadores profesionales del seleccionado mayor de básquet, por la falta de pago de viáticos y premios derivados de las participaciones en competencias internacionales, deuda que fue reconocida por el entonces Presidente de la Confederación, Daniel Zanni.

En conferencia de prensa los jugadores de la Selección Nacional de Básquet ya habían hecho público el pedido de intervención por parte del Estado, debido a las irregularidades dentro de la confederación.

Es por esto que en el Boletín Oficial de este miércoles el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dispuso:

Artículo 1° — Disponer la intervención de la "CONFEDERACION ARGENTINA DE BASQUETBOL" por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles administrativos.

Art. 2° — Designar interventor al señor SUSBIELLES, Federico Esteban, D.N.I. 21.739.178, con desplazamiento de autoridades y con las facultades de administración y gobierno, para regularizar la institución, conformar los órganos sociales y considerar promover las denuncias pertinentes en caso de presumir la existencia de defraudación o estafa a la entidad.

Art. 3° — Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.


Jueves, 7 de agosto de 2014


 
 


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