Rio Gallegos - Santa Cruz. 18 de Mayo del 2024
DE CARA A LAS ELECCIONES

La fiscalía apeló el fallo de Chalten por "gravedad inconstitucional"

La polémica se generó a raíz del pedido desde el Chaltén para contar con un diputado por Pueblo. La Dra. Vñiuales consideró inconstitucional el decreto que lo convocaban, por no incluir al legislador de la localidad cordillerana. Desde Provincia indicaron que no corresponde resolver esto en el estrado judicial.



La jueza en lo Civil, Comercial, de Minería y Familia de El Calafate, Florencia Viñuales, declaró inconstitucional el Artículo 5 del Decreto 0429 del Ejecutivo provincial que convocó a elecciones para el 11 de agosto y 27 de octubre. Consideró que el mismo no incluía la figura del Diputado por Pueblo de la localidad de Chalten, realizando así la medida judicial. Es un reclmao que mantienen desde hace semanas desde la comunidad, para contar con un legislador propio. Ayer desde la Fiscalía de estado apelaron el fallo, indicando que no corresponde dirimir una cuestión política en la esfera judicial. El Fiscal de Estafo Fernando Tanarro indicó a TNRíoGallegos que cuando se realizó la municipalización de Chaltén, quedó establecido que para que cuenten con un legislador propio se debía realizar la modificación a la Constitución, algo que lleva como proceso el llamado a Constituyentes. Todavía no pasó.
Esto debe resolverse en el ámbito del Ejecutivo y el legislativo.

Tanarro indicó que el fallo de la Dra. suspende las elecciones y se pone en peligro. "No se puede poner por ley un diputado", analizó.


"De tal modo, no puede declararse la inconstitucionalidad de una norma que se dicta de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución y que por lo tanto no puede ser tachada de arbitraria.
Tampoco puede hablarse de una urgencia teniendo en cuenta la fecha de constitución de la Municipalidad de El Chalten (2011), esperándose hasta la fecha para iniciar acciones tendientes a asegurarse un candidato a diputado propio, lo que es prueba objetivamente inobjetable para tener por no acreditada la palmaria urgencia requerida como nota distintiva y exigida por esta vía de excepción", señala un extracto de la apelación.


Viernes, 7 de junio de 2019


 
 


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