SOTERRAMIENTO
Jueves, 22 de agosto de 2019
Declaran nulos los procesamientos a De Vido, Baratta, Schiavi y Jaime
La Justicia determin que hubo irregularidades en el fallo y la investigacin contra los ex funcionarios por el supuesto cobro de coimas.
La Sala 2 de la Cmara Criminal y Correccional Federal anul el procesamiento del ex ministro de Planificacin, Julio De Vido, de los exsecretarios de Transporte, Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime; y del exsubsecretario de Coordinacin y Control de Gestin del Ministerio de Planificacin, Roberto Baratta. El fallo determin irregularidades en la investigacin y en la prueba que tena a cargo el juez federal Marcelo Martnez Di Giorgi.

De esta manera, la sala II del Tribunal de Apelaciones orden profundizar la investigacin y tomar en cuenta todos los delitos posibles, como pago de sobornos o fraude al Estado. Con esta decisin tambin se declararon nulas las faltas de mrito que se haban dictado a empresarios imputados en el caso.

Los camaristas Martn Irurzun y Leopoldo Bruglia argumentaron que el fallo que proces a los ex funcionarios por presuntas negociaciones incompatibles con la funcin pblica careci de "fundamentos".

La investigacin "est orientada desde su inicio a determinar posibles maniobras de fraude a la administracin pblica y pagos de sobornos del Grupo Odebrecht y socios locales a funcionarios integrantes de la estructura del entonces Ministerio de Planificacin Federal, Inversin Pblica y Servicios y/o de otras reparticiones, para lograr la adjudicacin y continuidad en la distintas etapas de la obra Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito - Moreno de la Lnea Sarmiento", recordaron. Este acto administrativo "benefici al consorcio integrado segn anterior denominacin- por las firmas Iecsa S.A., Constructora Norberto Odebrecht S.A., Ghella Societa Per Azioni y Comsa SA".

"Segn la lgica del fallo, la existencia de la maniobra qued revelada, entre otras cosas, en cmo se otorgaron pagos de abultadas sumas de dinero a la UTE, mediando modificaciones sustanciales de los trminos en que fue inicialmente pautado todo. Siendo eso as, hay cosas que la sentencia necesariamente tena que analizar y no analiz: - Si la afirmada accin de los funcionarios pblicos de beneficiar a empresarios poda ser asignable a los ltimos como partcipes del delito de los primeros", sostiene el fallo.

"Se sabe que hay posturas encontradas en la doctrina sobre si, objetivamente, tal delito (art. 265, CP) es aplicable en esos trminos a los particulares, pero ninguna de esas posiciones se adopt o explic", explica la sentencia.
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