Rio Gallegos - Santa Cruz. 26 de Abril del 2024
ECONOMÍA

Herramientas tributarias en el marco de la emergencia económica

La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) dio detalles de las herramientas tributarias dispuestas a partir del decreto de emergencia económica y comercial.



Embargos: Suspensión de embargos por 90 días corridos, por única vez, en ejecuciones fiscales cuando el contribuyente tenga domicilio en Santa Cruz.

Tasas Administrativas: Eximir por 90 días las tasas previstas en el Anexo II de la Ley 3.485, cuando no superen la suma de $ 400 y la totalidad de las tasas y aranceles de la Secretaría de Turismo previstas en el Anexo II de la Ley 3.485 (apartado A del Capítulo III).

Impuesto Inmobiliario Rural: Periodo Fiscal 2019, se prórroga su vencimiento hasta el 30 de junio de 2020.

Intereses Resarcitorios: Remisión de intereses art. 51 CF. durante el plazo de la emergencia.

Planes de Pago: Plazo de gracia para el pago de la primer cuota en las nuevas regularizaciones de deuda de 3 meses


Sábado, 28 de marzo de 2020


 
 


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