Rio Gallegos - Santa Cruz. 4 de Mayo del 2024
CHUBUT

De 8 condenas a cadena perpetua, dos terminaron confirmadas

De las ocho condenas a cadena perpetua que se dictaron en los últimos cinco años en esta ciudad, dos resultaron confirmadas hasta por la Corte Suprema de la Nación, aunque también fueron dos las absoluciones. Además hay otras tres que están en procesos recursivos y en una redujeron la pena a diez años.



Pablo Olmos es uno de los dos condenados a prisión perpetua, con sentencia firme, en la causa por el crimen del empleado bancario Sebastián Fernández.
En los últimos cinco años se efectuaron decenas de juicios por homicidios en Comodoro Rivadavia y en al menos ocho casos la pena dictada fue la máxima que estipula el Código Penal.

Con esos fallos, tanto en primera como en segunda instancia, se fijaron posturas respecto a la modificación que se introdujo para agravar las penas- conocida como Ley Blumberg-, se declararon inconstitucionalidades, en especial sobre los plazos que se fijan para el beneficio de la libertad condicional y se sació por un tiempo el clamor de justicia, aunque sólo dos de ellas están completamente firmes porque los recursos fueron tratados hasta por la Corte Suprema de la Nación. Ellos son los casos de Oscar Rojas y Pablo Olmos, quienes junto a un menor de edad que debió atravesar un tratamiento tutelar, mataron al empleado bancario Sebastián Fernández en agosto de 2010.

En contraposición, las otras dos condenas a prisión perpetua que recibieron Pablo Barreto y Bruno Díaz; el primero por el homicidio del dueño de la distribuidora LOA, José Luis García, y el otro por el del policía Nelson Godoy, fueron revertidas ni bien llegaron a la segunda instancia. La última se resolvió en tiempo récord porque si bien el hecho se produjo en julio de 2012, la condena se emitió el 24 de junio de este año y a los cuatro meses, el 27 de octubre, la Cámara Penal lo absolvió.

OTRAS TRES EN ESPERA

Las condenas de Rodrigo Delgado, Alejandro Lezcano y Jonathan Moreyra Cironi son tres de las ocho dictadas en estos últimos cinco años que permanecen en etapas recursivas, por lo que todavía podrían llegar a tener algún tipo de modificación.

La de Delgado tiene “doble conforme” y está a la espera de una tercera opinión de juristas. A él lo condenaron por haber trasladado a quienes asesinaron al empresario José Luis García. En primera instancia fue que también recibió la misma pena Pablo Barreto y un menor de edad al que se le aplicó tratamiento tutelar, aunque a Delgado se la confirmaron en el recurso ante la Cámara Penal y Barreto fue absuelto. No obstante, por esta causa todavía falta juzgar a quien está sindicado como el autor material. Se trata del peruano Luis Alejandro Bravo Orderique, quien se mantuvo dos años prófugo y fue detenido en Buenos Aires.

En cuanto a la condena de Alejandro Lezcano se puede decir que es la más reciente y se produjo el 17 de octubre por el homicidio criminis causa que tuvo como víctima al estudiante universitario Alejandro Balle, cuyos plazos todavía se encuentran hábiles para impugnar.

La restante fue atípica porque la perpetua salió del examen que le realiza la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia a todas aquellas causas en las que se dictan condenas superiores a los 10 años. Allí fue a parar la sentencia por la cual Jonathan Moreyra Cironi recibió 15 años de prisión por la muerte del policía Néstor Manquepán, ocurrida en 2010 y si bien la expectativa objetiva se orientaba a una morigeración, lo que resolvió fue todo lo contrario y tras agravarse la calificación se ordenó un nuevo juicio de cesura del cual surgió la prisión perpetua. De todas formas el caso está siendo tratado actualmente en la Corte Suprema de la Nación y en breve se producirán novedades.

DE PERPETUA A 10 AÑOS

El caso tuvo como protagonista a Wenceslao Alonso González Vejar, quien mató a su esposa Irma Iris Martínez. El hecho ocurrió el 23 de julio de 2009 en la casa que el matrimonio compartía con sus hijos en el barrio Jorge Newbery y en momentos que todo el grupo familiar dormía.

El hombre, desde hacía un tiempo, sufría alucinaciones que le provocaban situaciones de humillación y que potenciaban los celos con su esposa. Según uno de los peritos psiquiátricos que declaró en el juicio, hubo una serie de factores -entre ellos de salud- que “lo llevaron a una ruptura de su relación con la realidad, que le provocaban alucinaciones auditivas de carácter injuriantes respecto de su estado matrimonial. Un sistema alucinatorio que progresó hasta convertirse en insoportable”.

Esas fueron las circunstancias extraordinarias de atenuación que observó la defensa para reclamar una readecuación de la pena, tal como lo fija en su última parte el artículo 80 del Código Penal.

El juicio contra Wenceslao Alonso González Vejar se realizó en octubre de 2010 y esa instancia, por unanimidad, fue condenado a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo.

Después, la Defensa Pública que lo asistió impugnó el fallo ante la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia en virtud de los atenuantes arriba mencionados y el 21 de abril de 2011 ese tribunal de alzada coincidió con el planteo del recurrente, resolviéndose la readecuación y un nuevo juicio de cesura con el que se le impuso la pena de 10 años. (Patagonico)


Lunes, 10 de noviembre de 2014


 
 


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