Rio Gallegos - Santa Cruz. 3 de Mayo del 2024
RIO NEGRO

Ley Anticolas: Promueven la participación ciudadana

El subsecretario de Desarrollo Económico de la Provincia, José María Apud, destacó que la denominada “Ley Anticolas” defiende a los ciudadanos, al tiempo que resaltó que esta norma vigente permite la participación de los usuarios.



El funcionario sostuvo que “concretamente, desde la Subsecretaría de Desarrollo Económico, en la que tenemos a cargo la Dirección de Comercio e Industria, se están desarrollando las actuaciones de oficio en lo que tiene que ver con Ley Anticolas”.

“Esta Ley permite una clara participación del usuario bancario, a través de los reclamos que pueden elevar mediante los libros habilitados por la Dirección de Comercio e Industria. Estamos promoviendo justamente esto”, agregó.

Apud remarcó que “creemos que la mejora de la calidad de los servicios bancarios están estrictamente ligados a promover justamente los reclamos cuando hoy hay esperas mayores a los 30 minutos. También conocemos el no funcionamiento de cajeros”.

Explicó que los usuarios pueden reclamar tanto a través de las oficinas municipales de información al consumidor que tenemos en la Provincia como en las delegaciones, “o a través de los libros que tienen que estar en cada una de las entidades bancarias de Río Negro”.

“Hoy la Ley Anticolas se aplica cuando una persona va al banco a cobrar su jubilación, su sueldo o a pagar servicios públicos, y tiene una espera mayor a 30 minutos. También los bancos tienen la obligación, cuando existe un reclamo correspondiente en el libro habilitado, de remitirlo a la delegación de Comercio e Industria dentro de las 48 horas hábiles”, aseveró.

Finalmente, el funcionario destacó que “esto es muy importante porque las actuaciones que llegan a la Dirección son justamente copia de esos reclamos fundamentados y las actuaciones de oficio, que se hacen a través de inspectores”.

En el marco de la Ley se establece que será considerada infracción a la presente, la espera por un lapso mayor a 30 minutos, en ventanillas y/o cajeros automáticos, en instituciones financieras y no financieras, que presten servicios de cobranzas de impuestos o servicios públicos, tanto nacionales, provinciales o municipales y de pago de haberes de jubilados y pensionados y de activos que por convenios o disposiciones de cualquier naturaleza, deban percibir sus haberes en dichas instituciones.

La norma establece además la obligatoriedad de poner a disposición de los usuarios o consumidores, un sistema de registro de horario de llegada y de salida, como asimismo del trámite a realizarse, además de un libro de denuncias que será habilitado por la autoridad de aplicación.

Este libro deberá ser ubicado en lugares visibles, contando con señalización adecuada para su libre utilización por parte de los usuarios y consumidores que deseen efectuar su queja por infracción a la presente ley. (ADN)


Viernes, 14 de noviembre de 2014


 
 


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