SALUD
Sbado, 31 de enero de 2015
Daniel Peralta firmo decreto de concursos hospitalarios
El Gobernador,firm el Decreto por el cual se aprueba el Reglamento de Concursos Hospitalarios Carrera Profesional Sanitaria-Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Cruz que se implementa, de acuerdo a la norma respectiva, a partir de la fecha.
El instrumento legal indica en sus considerandos que se propicia aprobar el Reglamento de Concursos Hospitalarios Carrera Profesional Sanitaria-Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Cruz y se establece el funcionamiento de concursos para acceder a las funciones establecidas para profesionales que integran el escalafn de la Ley N1795 Carrera Profesional Sanitaria.
Asimismo que se pretende los alcances de dicho dispositivo, en especial en lo referente a los concursos de antigedad y antecedentes de profesionales escalafonados para la cobertura de funciones de Jefaturas de Servicios, y de los concursos de antecedentes y proyectos de gestin de profesionales escalafonados para la cobertura de funciones de Jefatura de departamento y Direccin Asociada.
Otro de los considerandos indica que resulta necesario establecer una Reglamentacin Orgnica de los principios y directrices contenidos en los articulados respectivos de la norma citada preferentemente y estructurar el rgimen de evaluacin de condiciones y requisitos que deben reunir los concursantes, procedimiento de inscripcin, impugnacin de lista, conformacin del consejo de preseleccin, designacin de jurados, recusacin, excusacin de los mismos, rgimen de evaluacin y designacin de los cargos por lo que corresponde la emisin de un cuerpo normativo organizado y orgnico en lo que respecta al rgimen de los concursos hospitalarios siendo el presente acto dictado en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitucin de la Provincia de Santa Cruz.
Ante lo expuesto, es que el Gobernador de la Provincia decreta: Aprubase el Reglamento de Concursos Hospitalarios Carrera Profesional Sanitaria-Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Cruz el cual ser implementado a partir de la firma del mismo, derogndose todo otra disposicin Reglamentaria en tanto se oponga a las establecidas en el presente Decreto.
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