BOLETN OFICIAL
Mircoles, 17 de septiembre de 2014
Crean un registro digital de documentos extraviados para prevenir fraudes
Lo dispuso el Gobierno para sistematizar la informacin que el pas brinda a Interpol y prevenir el fraude documentario. La medida se enmarca en la lucha contra la delincuencia, el terrorismo, el narcotrfico y la trata.
La medida fue dispuesta a travs de la resolucin 1/2014 y la disposicin 2/2014 de la Direccin Nacional del Registro Nacional de las Personas y la Direccin Nacional de Migraciones, organismos descentralizados que funcionan bajo la rbita del Ministerio del Interior y Transporte.

La creacin del registro digital se fundamenta en "que la lucha contra la delincuencia organizada e internacional, contra el terrorismo, el narcotrfico y la trata de personas, entre otros flagelos que afectan a todas las naciones, constituye un objetivo fundamental de la poltica nacional".

En ese sentido, se subraya "que el intercambio de informacin a nivel internacional se traduce en una de las herramientas fundamentales para combatir la problemtica mencionada".

Asimismo, se indica que "la Organizacin Internacional para la Aviacin Civil (OACI) recomienda proporcionar a la base de datos de Interpol los detalles, en particular los nmeros de documento, de los pasaportes extraviados o robados, a los efectos de que esta informacin est disponible para todos los pases participantes y pueda utilizarse en la elaboracin de listas de vigilancia".

Segn se explica luego, el nuevo registro digital "se conformar con la informacin que debern proporcionar los diferentes organismos de la administracin pblica nacional, provincial y municipal, as como tambin el Poder Judicial de la Nacin y los de las provincias, cuando tomen conocimiento de denuncias de extravo, y/o robo, y/o adulteracin de documentos destinados a acreditar la identidad de las personas, ya sea que se trate de documentos nacional o extranjeros".

Tambin "deber contar tambin con la informacin relativa a los Documentos Nacionales de Identidad y/o pasaportes invalidados y/o anulados y/o cancelados, por el Registro Nacional de las Personas", aade la normativa que se publica hoy en el Boletn Oficial.

"En caso de que la autoridad interviniente verifique la presentacin de un documento que est incluido en la base de datos del registro digital, ste habr de ser retenido, con conocimiento de la autoridad judicial de turno, y remitido al Registro Nacional de las Personas para que constate su invalidez y proceda, de corresponder, a su destruccin", indica la disposicin.
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