El senador por Santa Cruz Pablo González presentó en la Cámara Alta un proyecto de ley, a fin de crear una Cámara Federal en la provincia. Entre los argumentos del proyecto, se señala el crecimiento poblacional de las ciudades santacruceñas, como así también de la provincia de Chubut y Tierra del Fuego. Justifica el proyecto explicando que hay mayor cantidad de causas por delitos en los territorios señalados. En tanto, Gonzalez considera que por esto se han diversificado los delitos y han aumentado su complejidad. Sobre este último ítem “es importante resaltar la creación de los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego y Tribunal Oral en lo Criminal de la Provincia de Santa Cruz, situación que también implica la necesidad de la creación de una nueva Cámara Federal de Apelaciones que tenga más proximidad territorial como la que se promueve en el presente proyecto” dice el Senador en su proyecto.
Lo cierto es que se pretende crear una Cámara Federal en una localidad de la zona centro de la provincia, donde podrían incurrir casos de –por ejemplo- San Julián, Santa Cruz o Gobernador Gregores. Lo que le criticaron a González en medios nacionales es que, en una ciudad con pocos habitantes se intente crear 19 cargos judiciales más.
Los cuatro puntos del proyecto
Artículo 1º: Créase una Cámara Federal de Apelaciones con asiento en la ciudad de Comandante Luis Piedra Buena, Provincia de Santa Cruz, con competencia en materia Civil, Comercial, Penal, Penal Economico, Laboral, Contencioso-Administrativa, de Ejecución Fiscal, de Seguridad Social y Electoral. La Jurisdicción de esta Cámara de Apelaciones comprende las Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y su competencia territorial se extiende a todo el territorio de ambas Provincias.-
Artículo 2º: La Cámara de Apelaciones creada por la presente Ley se integrará con tres vocales, y contará con: una Secretaría y una Prosecretaria en lo Civil y Comercial; una Secretaría y una Prosecretaria en lo Laboral y de la Seguridad Social; una Secretaría y una Prosecretaria en lo Contencioso-Administrativo y Ejecución Fiscal; una Secretaría y una Prosecretaria Penal; una Secretaría y una Prosecretaria Penal Económico y una Secretaría y una Prosecretaria Electoral.
Artículo 3º: La Cámara Federal de Apelaciones de Comandante Luis Piedra Buena será tribunal de alzada de los Juzgados Federales de Primera Instancia -existentes o a crearse- con asiento en las provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 4º: A los efectos de la integración de la Cámara Federal de Apelaciones de Comandante Luis Piedra Buena, créanse los siguientes cargos: tres Jueces de Cámara, un Secretario en lo Civil y Comercial, un Secretario en lo Laboral y de la Seguridad Social, un Secretario en lo Contencioso-Administrativo y Ejecución Fiscal, un Secretario Penal, un Secretario en lo Penal Económico y un Secretario en lo Electoral, un Prosecretario en lo Civil y Comercial, un Prosecretario en lo Laboral y de la Seguridad Social, un Prosecretario en lo Contencioso Administrativo y Ejecución Fiscal, un Prosecretario en lo Penal; un Prosecretario en lo Penal Económico y un Prosecretario en lo Electoral, todos ellos, de Cámara.