La dependencia Municipal recuerda a la poblacin en general que es obligatorio, y una responsabilidad de todos, mantener en condiciones de higiene y conservacin viviendas, patios, veredas y canteros.
Por lo tanto, y de acuerdo a la Ordenanza 2683-HCD/96 FALTAS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, queda terminantemente prohibido arrojar desperdicios, escombros, tierra, aguas servidas o enseres domsticos en la va pblica o baldos, casa abandonadas, o arrojo en la va pblica de desperdicios o tierra que se produzca del barrido de las veredas, casas y/o locales.
Recordamos tambin que se encuentra vigente la Ordenanza 960-HCD-90 la cual prohbe terminantemente arrojar o quemar residuos (ya sea en predios pblicos o privados); y la fijacin de carteles, afiches o anuncios en muros, cercos y paredes de viviendas sin previa autorizacin de los propietarios. Cualquier violacin a estas disposiciones podr derivar en multas y/o sanciones. (www.deseado.gob.ar)