El Consejo Agrario Provincial (CAP) habilit la temporada de caza deportiva en todo el mbito de la provincia de Santa Cruz.
El organismo provincial habilit la caza de un (1) guanaco cada quince das, la misma cantidad que viene autorizando en temporadas anteriores. A su vez permitir la caza de hasta siete (7) liebres por da.
Para practicar la caza deportiva es obligatorio presentar la siguiente documentacin
1) Autorizacin de ingreso del propietario o encargado del campo, por escrito y certificado por un juez de paz.
2) Credencial de legtimo usuario del Registro Nacional de Armas (RENAR) y los papeles correspondientes al arma y la tenencia.
Una vez presentados estos papeles ante la delegacin local del CAP se debe realizar un pago de 200 pesos para obtener la Licencia de caza deportiva, y de 150 pesos para renovar la validez de la licencia.
Por otra parte an no est definido si se habilitar la caza comercial de liebre, que hace aos est vedada. En ese caso la temporada comienza el 1 de mayo y se extiende hasta el 15 de agosto.