El fiscal general interinamente a cargo de la Fiscala Federal de Ro Gallegos, Gonzalo Miranda, solicit esta maana la elevacin a juicio de la investigacin seguida al ex gobernador santacruceo Daniel Romn Peralta por haber desobedecido la orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nacin de reponer a Eduardo Emilio Sosa en su cargo de Agente Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Santa Cruz.
La investigacin que llegar a debate oral y pblico se inici a partir de la denuncia de Enrique Piragini por s y en representacin de la Organizacin No Gubernamental A.R.I.E.L. somos todos- en el Juzgado Federal N1 de la Capital Federal contra el Gobierno de la provincia de Santa Cruz, por la presunta comisin de los delitos de desobediencia y violacin de los deberes de funcionario pblico, derivados de ignorar la orden de la Corte Suprema de Justicia de la Nacin para reponer en su cargo a Sosa.
Luego de que el Juzgado Federal porteo declarara su incompetencia, las actuaciones fueron giradas a la Justicia Federal de Santa Cruz, y se acumul por conexidad- al expediente CSJN. S remite actuaciones en causa Sosa Eduardo Emilio c/provincia de Santa Cruz.
El 14 de julio de 2010 la investigacin fue archivada, por inexistencia de delito, por la entonces jueza federal subrogante, Ana lvarez, pero la fiscal federal subrogante, Patricia Kloster, apel el decisorio y la Cmara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia revoc la resolucin y dispuso continuar la pesquisa.
Oportunamente, el entonces gobernador Peralta present su defensa y sostuvo que toda actividad realizada en representacin del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Cruz fue efectuada bajo los parmetros de legalidad propios del ejercicio legtimo de la autoridad o cargo que detenta, y en tanto esto es as, obr justificadamente al reconducir la orden de la CSJN de la manera que entendi mejor compatibilizaba los derechos en juego. En ese orden de ideas, agreg que para cumplir con la manda judicial deba considerar los derechos adquiridos por el Agente Fiscal Espinoza, para poder destituirlo de su cargo, pues slo de esa forma poda cumplir la orden de la Corte.
"El imputado incumpli una sentencia del Ms Alto Tribunal de la Nacin que le fue personalmente notificada y que contena una manda clara y directa de reposicin en el cargo de un funcionario del Ministerio Pblico provincial.
Asimismo, el representante del Poder Ejecutivo provincial calific la orden del Mximo Tribunal de la Nacin como ilegtima y antijurdica, ya que como gobernador careca de competencia y potestad para impulsar la restitucin en el cargo de un funcionario que debe ser designado por el Poder Legislativo, al tiempo que record que para resolver el conflicto planteado se estableci una indemnizacin, en favor de Sosa, por la suma de 1.216.182 pesos, adems de haber accedido el funcionario al beneficio de la jubilacin ordinaria, que le fuera concedida como Vocal del Superior Tribunal de Justicia provincial.
El 8 de mayo de 2012, Peralta prest declaracin indagatoria, oportunidad en la que reiter que no poda dar cumplimiento a la orden, ya que los nombramientos eran facultad del Poder Legislativo, al tiempo que en ese momento- el cargo de Agente Fiscal ya estaba siendo ejercido por otro funcionario, quien tena derechos adquiridos y no poda ser removido sino era a travs del juicio poltico.
Tras ello, la jueza federal subrogante, Andrea Askenazi Vera, dict el sobreseimiento de Peralta. La decisin fue recurrida por el fiscal Gonzalo Miranda y revocada por la Cmara Federal de la jurisdiccin, que lo proces en orden al delito de desobediencia. Contra esa resolucin, la defensa de Peralta interpuso recurso de Casacin, el cual fue rechazado por la Alzada. Luego la defensa interpuso diversos recursos, los cuales no prosperaron.
En base a las pruebas colectadas en la investigacin, el fiscal Miranda requiri la elevacin a juicio de la investigacin, por considerar acreditado que el imputado incumpli una sentencia del Ms Alto Tribunal de la Nacin que le fue personalmente notificada y que contena una manda clara y directa de reposicin en el cargo de un funcionario del Ministerio Pblico provincial.
La acusacin al gobernador es por el delito de desobediencia, previsto en el artculo 239 del Cdigo Penal de la Nacin.
En tal sentido, el representante del Ministerio Pblico Fiscal seal que se evidencia de manera palmaria al ser reconocido por el mismo imputado que sin perjuicio de ser notificado en reiteradas oportunidades el mismo reconoce no haber dado cumplimiento a lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nacin mediante Sentencia nro.267 de fecha 20 de octubre de 2009 dictada en el marco de los autos Recurso de hecho Sosa, Eduardo Emilio c/Provincia de Santa Cruz sin perjuicio de exponer en su defensa extremos que no hacen ms que ratificar la existencia de una conducta tpica.
Asimismo sostuvo que el imputado detentaba el cargo de Gobernador de la Provincia de Santa Cruz, y por consiguiente contaba con el apoyo tcnico legal que le es propio a dicha investidura, no obstante lo cual en pleno conocimiento de su obrar disvalioso intent mediante el Decreto 3025 una suerte de transmisin de responsabilidad, al tratar de eludir la clara orden judicial impartida y poner en cabeza del rgano legislativo una obligacin que le era propia e indelegable.
El fiscal Miranda consider tambin que deba tenerse en cuenta lo destacado por la Corte Suprema de Justicia de la Nacin en la sentencia del 20 de octubre de 2009: Respecto a las razones que el propio Tribunal de Justicia de Santa Cruz esgrimi para declarar la inconstitucionalidad del artculo 9, segundo prrafo, de la ley 2.404 se hizo hincapi en la trascendencia institucional de la cuestin debatida en autos, en que la norma impugnada desconoca la garanta de la estabilidad judicial del actor, consagrada en una disposicin superior, de rango constitucional, y se destac que no slo afectaba derechos subjetivos, susceptibles de ser reparados patrimonialmente, sino que agreda al funcionamiento de las instituciones republicanas de la provincia, al desconocer que la garanta de estabilidad de jueces y funcionarios de los ministerios pblicos era esencial para preservar la independencia del Poder Judicial.
En virtud de todo ello, el fiscal Miranda consider que Peralta deba ser sometido a juicio oral como autor del delito de desobediencia, previsto en el artculo 239 del Cdigo Penal de la Nacin. (Fiscales.gob.ar)