POR EL CONSUMO DE ALCOHOL
Jueves, 12 de octubre de 2017
Modificaciones en el Código de Faltas
En la 12º sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de Santa Cruz, tomó estado parlamentario el proyecto que procura vedar el consumo del alcohol en la vía pública estipulando sanciones para quienes infrinjan la norma. La iniciativa pasó a instancia de Comisiones para el debate, del que participarán miembros del Consejo Municipal de Niñez y Adolescencia.
El legislador por municipio de Río Gallegos, Santiago Gómez, presentó la propuesta que incorpora en el código de faltas de la Provincia de Santa Cruz – Ley Nº 3125-, la disposición de sanciones que prevén la opción de arresto o tareas de utilidad pública por alrededor de cuatro a quince días a quien “consumiere bebidas alcohólicas en la vía pública, excepto en aquellos lugares y horarios expresamente habilitados por la autoridad competente”.
Se consideran ‘bebidas alcohólicas’ aquellas que contengan alcohol cualquiera fuere su graduación; y además se contempla la aplicación de medidas para los casos de consumo en plazas y sectores educativos. También rige en lugares públicos y de concurrencia masiva, cuyo permiso no haya sido previamente contemplado.
“Tratamiento diferente tendrán los menores de edad que incurran en la falta. En este caso los procedimientos se regirán mediante lo normado por la Ley N° 3062 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes”, aclaró Santiago Gómez.
El proyecto será tratado en las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, “para ponerlo a disposición de los Diputados; puedan explayarse los integrantes de COMUNA que lo han trabajado durante años; y se vea representado el interés de las partes que deseen involucrarse en su tratamiento”, dijo Gómez.
En los fundamentos de la iniciativa Gómez comentó que “como es sabido, mediante Ley Nacional N° 24.788, se ha declarado de interés nacional la lucha contra el consumo excesivo de alcohol. No obstante, y si bien la mencionada normativa establece diversas prohibiciones a nivel nacional, incomprensiblemente omite establecer sanción específica alguna para el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, limitándose a sancionar la prohibición de expendio (artículo 14) y la realización de concursos, torneos o eventos de cualquier naturaleza que requieran la ingesta de bebidas alcohólicas en el territorio nacional (artículo 15)”.
En este marco el Diputado consideró que “es momento de que pasemos de la prevención a la acción, lo que generará mayor seguridad, con el tiempo menor ingesta del alcohol y por consiguiente una disminución de sus consecuencias, tanto para la salud, el tránsito vial y la convivencia en general”
Para finalizar Gómez dijo que “es un avance considerable para cada organización que participó del armado pensando en hacer un bien a la comunidad. Viene a llenar un vacío legal con figuras destinadas a combatir el consumo del alcohol en la vía pública, lo que servirá para atacar los diversos problemas que tenemos en plazas, zona de la costanera y otros espacios públicos”.
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