Rio Gallegos - Santa Cruz. 14 de Agosto del 2025
CALETA OLIVIA

El que mató al canillita quedó libre y puede seguir conduciendo

Brian Smith, el conductor de la Fiat Strada que embistió la moto del canillita Sergio Faúndez causándole la muerte, ayer recuperó la libertad tras ser imputado por homicidio culposo. A pedido de la Fiscalía no podrá acercarse a los testigos presenciales y para demostrar que no se fugará tendrá que presentarse a estampar su firma todas las semanas, durante tres meses. Pero podrá seguir conduciendo.



La audiencia de control de detención y apertura de investigación contra Brian Alexis Smith (33) se llevó a cabo ayer por la mañana en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia y fue presidida por la juez penal, Daniela Alejandra Arcuri.

En representación del Ministerio Público Fiscal actuó el fiscal general, Juan Carlos Caperochipi, junto a la funcionaria María Laura Blanco. El imputado fue asistido por el abogado particular, Leopoldo Puricelli. Del acto también participaron familiares de la víctima y del imputado.

En ese contexto, la parte acusadora solicitó que se formalice la apertura de investigación preparatoria contra Smith por el delito de homicidio culposo, en calidad de autor. Ello, por el hecho que ocurrió a las 4:30 del miércoles en la esquina de Rawson y Belgrano, donde falleció el canillita Sergio Orlando Faúndez (28) tras ser embestida violentamente su moto por la Fiat Strada que conducía el imputado.

TESTIGOS

De la misma manera se informó sobre la existencia de testigos presenciales, los que serán entrevistados en el marco de la investigación preparatoria y a quienes no se podrá acercar el imputado mientras se tramite el proceso en su contra. Así lo solicitó el fiscal, en procura de preservar esa prueba testimonial que a la vez será reforzada con las evidencias científicas e imágenes obtenidas por cámaras de seguridad.

La excesiva ingesta alcohólica del imputado -quien al momento de practicársele el test arrojó 2,96 gramos de alcohol por litro de sangre- fue algo que se resaltó por parte de la Fiscalía al hacer referencia a la imprudencia, negligencia y conducción antirreglamentaria a la que refiere el artículo 84 del Código Penal, el cual fija penas que van de los 2 a los 5 años de prisión y hasta 10 años de inhabilitación para conducir.

En cuanto al plazo de investigación el acusador público estimó como suficiente el fijado legalmente en seis meses, aunque al defensor Puricelli le resultó excesivo y pidió que este se limite a la mitad de lo requerido por el fiscal.

A su exposición, el defensor adelantó que trabajará sobre una pericia psiquiátrica y se refirió a la pérdida total de la conciencia de su asistido, en virtud de lo cual explicó que es de aplicabilidad para el caso la teoría del actio libera in causa, la que en resumidas cuentas refiere que puede imputarse a quien comete un acto típico y antijurídico en un estado de inconsciencia provocado por alcohol o estupefacientes.

Tras escuchar a las partes la juez resolvió dejar por formalizada la apertura de la investigación por el delito de homicidio culposo, otorgando el plazo de tres meses para culminar la misma. Además, ordenó al imputado su comparecencia, todas las semanas, en la Oficina Judicial para garantizar que no se fugará de la ciudad, como así también le prohibió acercarse a los testigos y familiares de las víctimas.

Más allá de cumplir con esas medidas, el imputado podrá seguir conduciendo mientras se desarrolla el proceso judicial. Al respecto el fiscal Juan Carlos Caperochipi señaló: “el Código Penal de la provincia del Chubut no contempla ninguna medida de tipo preventiva que tenga que ver con la inhabilitación para conducir, o sea el juez no puede tomar ninguna medida de esta naturaleza ni el Ministerio Público Fiscal obviamente porque realmente no está previsto”. (El Patagònico)


Viernes, 23 de enero de 2015


 
 


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