AFIP
Lunes, 13 de febrero de 2017
Extendieron el plazo para presentar las deducciones de Ganancias
La AFIP avanza con facilidades para los nuevos contribuyentes de Ganancias, para que luego todos puedan pagar menos. El trabajador tendr tiempo hasta el 31 de marzo para cargar el Formulario 572, Siradig (Sistema de Registro de Actualizacin de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).
La Administracin Federal de Ingresos Pblicos extendi del 31 de enero al 31 de marzo de 2017 el plazo para que los trabajadores que en 2016 hayan tenido ingresos brutos en relacin de dependencia superiores a $500.000 (hasta enero pasado era a partir de $250.000), presenten el Formulario 572, Siradig (Sistema de Registro de Actualizacin de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

Adems, el organismo que dirige Alberto Abad decidi establecer una fecha de vencimiento especial para la presentacin de la Declaracin Jurada y Pago del saldo de Ganancias y Bienes Personales de las personas fsicas en general del 30 de junio de 2017, cuando tradicionalmente ocurra en los meses de abril y mayo. El propsito es "facilitar el aterrizaje de quienes adhieran al blanqueo hasta el 31 de marzo prximo", explic a periodistas, entre los que estaba Infobae, el administrador General.

Qu es el Formulario 572 WEB?

Es un Servicio Web que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el rgimen de retencin del Impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, as como tambin informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.
Esta informacin es remitida electrnicamente al empleador a fin de proveerle de los datos necesarios a efectos de realizar las retenciones que correspondan.

Se trata de un requisito clave para los trabajadores en relacin de dependencia con ingresos brutos por mes superiores a $37.000 en el caso de quienes sean titulares o cabeza de una familia tipo a cargo, esposa y dos hijos menores de 18 aos; o de un soltero con una remuneracin habitual de ms de $28.000, para que disminuyan el impacto de la retencin del Impuesto a las Ganancias.

Cmo se accede?

El trabajador deber ingresar al sitio del organismo recaudador: www.afip.gob.ar , con su CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal, y a continuacin se desplegar el listado de sistemas que tiene habilitados.

En caso de no estar habilitado el servicio "Siradig Trabajador", la AFIP especifica que el trabajador deber dar de alta ingresando al "Administrador de Relaciones de Clave Fiscal". Su clave fiscal deber tener como mnimo nivel de seguridad 2 o superior. Al ingresar al micrositio de Clave Fiscal podr encontrar disponibles las instrucciones correspondientes a efectos de obtener la clave fiscal o elevar el nivel de seguridad de la misma.

Quines deben utilizar el servicio?

Para el perodo 2016 sigue rigiendo la obligacin para aquellos empleados que cumplan con alguno de estos requisitos:

1. Su remuneracin bruta, o las rentas obtenidas -en el caso de los actores- correspondientes al ao calendario inmediato anterior al que se declara, sea igual o superior a $500.000.

2. El empleador -por razones administrativas- as lo determine.

3. A partir del perodo fiscal 2017, con presentacin hasta el 31 de enero del ao siguiente, la obligacin de utilizar el servicio Siradig Trabajador para la presentacin del F-572 regir para todos los empleados.

Datos de los Empleadores Siradig

El trabajador deber consignar la informacin referida al empleador o empleadores que tuvo durante el perodo fiscal que declara, debiendo indicar cul de ellos es su agente de retencin.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 3 de la Resolucin General N 2.437, deber actuar como agente de retencin aquel que abone las remuneraciones de mayor importe.

Esos datos son requisito para que el sistema permita continuar cargando informacin.

Respecto de los empleadores que no acten como Agentes de Retencin, el trabajador deber ingresar los importes de remuneracin y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.

Detalle de las Cargas de Familia

En este tem el empleado podr informar, hasta el perodo fiscal 2016 con vencimiento el 31 de marzo del 2017, aquellos parientes por consanguinidad y/o afinidad que se detallan a continuacin, los cuales deben estar a cargo del trabajador, ser residentes en el pas y no obtener ingresos anuales superiores al mnimo no imponible, para el perodo fiscal 2016:

Cnyuge;

Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 aos o incapacitado para el trabajo;

Nieto, nieta, bisnieto o bisnieta menor de 24 aos o incapacitado para el trabajo;

Padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra;

Hermano o hermana menor de 24 aos o incapacitado para el trabajo;

Suegro, suegra; yerno o nuera menor de 24 aos o incapacitado para el trabajo;

Los sujetos enumerados precedentemente podrn ser deducidos por el pariente ms cercano.

LMITES NUEVAS DEDUCCIONES DE GANANCIAS

A partir del perodo fiscal 2017, podrn deducirse:

Cnyuge;

Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 aos o incapacitado para el trabajo.

Deducciones y Desgravaciones (Montos Erogados en el Ao en Curso)
Cuotas mdico asistenciales;

Deber consignar los importes realmente abonados en concepto de cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura mdico asistencial (Medicina Prepaga o aportes complementarios a obras sociales), correspondientes al empleado y a las personas que revistan para el mismo el carcter de cargas de familia, informadas en la pantalla "Detalle de las Cargas de Familia".

Primas de seguro para el caso de muerte

Se podrn deducir los seguros que cubren riesgos de muerte del empleado. En el caso de seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros, slo ser deducible la parte de la prima que cubre el riesgo de muerte.

Donaciones

Se podrn deducir las donaciones efectuadas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, en tanto se encuentren reconocidas por la AFIP como exentas del Impuesto a las Ganancias.

Las donaciones podrn ser realizadas en efectivo y/o en especie. Cuando sean en efectivo, debern ser efectuadas, para permitir su deduccin, mediante depsito bancario, giro o transferencia bancaria, dbito en cuenta a travs de cajero automtico, dbito directo en cuenta bancaria, o dbito directo en cuenta de tarjeta de crdito.

Intereses por Prstamos Hipotecarios

Se podr deducir el importe de los intereses correspondientes a crditos hipotecarios otorgados por la compra o construccin de inmuebles destinados a casa-habitacin.

Gastos de Sepelio

Se trata de los gastos de sepelio incurridos en el pas originados por el fallecimiento del empleado o de las personas que estn a su cargo, informadas en la pantalla "Detalle de las Cargas de Familia".

Gastos mdicos y paramdicos

Comprende los honorarios facturados correspondientes al empleado y a las personas indicadas como Cargas de Familia. Se permite la deduccin del 40% del monto facturado.

Deduccin del Personal de Casas Particulares (Ex Servicio Domstico)
Las personas que cumplimenten lo establecido por la Ley 26.844 en su carcter de "empleador" con relacin al personal de Casas Particulares, podrn deducir la remuneracin abonada al mismo como as tambin las contribuciones patronales ingresadas, que se encuentran incluidas en la cotizacin fija mensual.

El monto anual deducible, no podr superar el monto de la ganancia no imponible anual.

Aportes a Sociedades de Garanta Recproca

Reintegro de Aportes de Socios Protectores a Sociedades de Garanta Recproca: Se deber informar la CUIT de la Sociedad de Garanta Recproca y los aportes efectuados durante el ao calendario que se est declarando. A este tem tambin podr ingresarse por la pantalla Ajuste por Sociedades de Garanta Recproca, dentro de la opcin Ajustes.

Vehculos de Corredores y Viajantes de Comercio

En el caso de poseer un vehculo afectado a la actividad se debern informar los datos relacionados con el mismo aunque el rodado se encuentre totalmente amortizado. Dicha informacin servir para admitir la procedencia de los gastos relacionados con el automotor. Cumplidos los 5 aos desde la fecha de su afectacin, no le permitir el ingreso de valor alguno en el campo "Valor Total de la Amortizacin del Perodo".

Los Corredores y Viajantes de Comercio debern informar los gastos de movilidad, viticos y representacin realmente incurridos relacionados con su actividad, como as tambin los intereses por deudas relativos a la adquisicin del rodado afectado a la misma.

Otras Deducciones y desgravaciones

En esta pantalla se podrn cargar los conceptos que se despliegan al presionar el cursor en el campo "Motivos". Con cada opcin seleccionada se abrirn nuevos campos para individualizar correctamente la deduccin que intenta incorporar.

Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta

Impuestos sobre Crditos y Dbitos en cuenta bancaria: Este concepto se podr computar como pago a cuenta en la declaracin anual del siguiente modo:

34% del impuesto percibido a la tasa del 6% (seis por mil) originado en las acreditaciones realizadas en la cuenta bancaria.
17% del impuesto ingresado o percibido alcanzado por la tasa del 12% (doce por mil).

Viticos

Se considerarn ganancias de esta categora las compensaciones en dinero y en especie y los viticos que se abonen como adelanto o reintegro de gastos, por comisiones de servicio realizadas fuera de la sede donde se prestan las tareas, que se perciban por el ejercicio de las actividades incluidas en el artculo 6to de la Ley 27346.

Viajes de corta distancia: ser deducible hasta un 40% del mnimo no imponible.

Viajes de larga distancia: ser deducible hasta el 100% del mnimo no imponible.

Alquileres

Para los casos de alquileres de inmuebles destinados a su casa habitacin, y hasta el lmite de la suma prevista en el inciso a) del artculo 23 de esta ley, siempre y cuando el ciudadano o el causante no resulte titular de ningn inmueble, cualquiera sea la proporcin: hasta 40% del alquiler abonado con el tope mensual de 4.330 pesos. (Infobae)
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