TRABAJADORES CESANTEADOS
Jueves, 29 de junio de 2017
La Justicia Federal dictó el sobreseimiento a 6 trabajadores de YCRT
Fue por los hechos ocurridos el 27 de Marzo, en la empresa YCRT y que fueron denunciados por Juan Pons, en su momento, en la Secretaría Penal Nº 1 de este Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Gallegos. Cristian Olivia, secretario general normalizador de ATE Río Turbio dialogó con TNRG sobre este fallo y aseguró en relación a YCRT: “es a lo que están acostumbrados a hacer los de esta intervención, denunciar, acusar y no dar la cara o al menos salir públicamente y decir que se han equivocado”.
Cristian Oliva explicó a este medio que “la situación suscitada hoy los compañeros, es una denuncia que realizó el Sub Gerente de Asuntos Jurídicos de la intervención de la empresa YCRT, Dr. Juan Oscar Pons, y en su denuncia el argumentó que los seis trabajadores realizaron desmanes con evidente intención de destrozos a los bienes nacionales”.
El propio fallo de la Justicia Federal describe las acusaciones realizadas por Pons a los seis hombres de la siguiente forma “…Se inician las presentes actuaciones como consecuencia de los hechos acaecidos a partir del día 27 de marzo del año en curso, aproximadamente a las 9:00 horas. En dicha oportunidad, los imputados Eduardo Emilio Farfan, Pablo Javier Basualdo, Federico Daniel Muñoz, Adrián Facundo Torres, Nicolás Abraham Moya y Fernando Enrique Leviguen irrumpieron en las oficinas de la empresa Yacimientos Carboníferos de Río Turbio, junto a otros miembros del gremio ATE (Asociación de Trabajadores del Estado), con el propósito de generar un diálogo con el interventor de la empresa; a fin de que se revea una medida por la cual éstos y otros empleados habían sido cesanteados…”, y continúa: “…Personal de Gendarmería trató de disuadir a estas personas y, al intentar su identificación, se produjeron distintos altercados e incluso hubo manifestantes que quisieron encadenarse, aunque terminaron por desistir de dicho accionar. Luego de numerosas conversaciones entre el sindicato y los representantes de las fuerzas del orden, gran parte del grupo se retiró, quedando dentro los imputados junto a un representante del gremio, a la espera de ser recibidos por alguna autoridad de la empresa. Asimismo, habrían actuado provocativamente y empleando amenazas, dificultando las labores diarias de la empresa y poniendo en riesgo la integridad física de las personas…”, y prosigue: “…El sumario fue oportunamente delegado para su trámite a la Fiscalía Federal, que dispuso una serie de tareas de investigación, por medio de las cuales fue posible identificar a los encausados; tras lo cual se requirió la declaración indagatoria de los aludidos. Estimándolo útil y pertinente, los imputados fueron convocados por esta magistratura a fin de ser intimados de los sucesos que se les atribuyen…”
Oliva agregó, en relación a los trabajadores que habían sido imputados en su momentos: “Estos son los compañeros que estuvieron pidiendo respuestas dentro de la administración, cuando no estuvieron dentro de esa discusión, es más nosotros presentamos pruebas sólidas, un video que estaba en las redes sociales, en donde se veía una discusión que nosotros como comisión normalizadora discutíamos con la gente de seguridad, pero discusiones, no hubo golpes, nada de nada, que se pueda llevar a situación de violencia, los compañeros cesanteados estaban casi a cinco metros del lugar, es decir que no tienen ninguna clase de responsabilidad en todo esto, pero desde la intervención se los acusó que se querían encadenar y muchas cosas más, cuando no son responsables”.
Oliva señaló que “Nosotros queremos señalar que la Justicia Federal de Comodoro Rivadavia, manifestó que por falta de mérito, nuestros compañeros quedan excluidos de esta situación y queremos ver qué pasa con esta persona, este denunciante – José Pons- porque él marcó situaciones claras que afectó familiarmente a estos seis hombres, públicamente, socialmente quedaron marcados por esta situación”.
Si bien , el dirigente de ATE dice que la Justicia Federal va a seguir investigando: “pero dio su dictamen en donde dice que nuestros seis compañeros fueron sobreseídos por falta de mérito”, y enseguida señaló que “si ellos hicieron una denuncia, no se la pueden llevar tan frescamente de arriba porque acusaron a seis compañeros y eso en una ciudad como Río Turbio tiene una marginalidad que marca a las personas, que es a lo que están acostumbrados a hacer los de esta intervención, denunciar, acusar y no dar la cara o al menos salir públicamente y decir que se han equivocado”
En el fallo de la justicia federal se manifiesta que “…al momento de declarar, todos los involucrados fueron coincidentes en cuanto a que se presentaron con el fin de obtener explicaciones, que hubo un momento de tensión con personal de seguridad y Gendarmería pero no llegó a decantar en violencia, y que convinieron con éstos en que se quedarían en un pasillo a la espera de ser atendidos (lo cual jamás ocurrió en 42 días), sin afectar con ello el normal funcionamiento de las oficinas, dado que los imputados quedaron confinados a un sector aislado por el cual no transitaban los empleados…”, señalando que “… que jamás se encadenaron y que no emplearon ningún medio violento; siendo incluso víctimas de muchos maltratos durante el tiempo que duró la medida, dado que –entre otras cosas- les dificultaban el paso de las bebidas o el acceso a visitas. Ello habría hecho tan intolerable su estancia que poco a poco los manifestantes se fueron retirando, ante la imposibilidad de continuar con los reclamos en esas condiciones…”
También se dejó sentada la existencia de un video “hicieron una crónica fílmica desde el día en que ingresaron, fácilmente accesible por medio de las redes sociales, donde relatan en primera persona cómo fue la experiencia…”
Por todo ello, la Justicia Federal dictó “LA FALTA DE MERITO PARA PROCESAR O SOBRESEER a EDUARDO EMILIANO FARFÁN, PABLO JAVIER BASUALDO, FEDERICO DANIEL MUÑOZ, NICOLÁS ADRIÁN MOYA, FERNANDO ENRIQUE LEVIGUEN y FACUNDO ADRIÁN TORRES.
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