Ser elegidas es un derecho. Monitorear su cumplimiento es un compromiso colectivo. Con ese mensaje se lanz la iniciativa conjunta de ADPRA, el Consejo Nacional de las Mujeres y las organizaciones de la sociedad civil ELA, la Comisin Argentina para los Refugiados y Migrantes (CAREF), Mujeres en Igualdad (MEI) y la Fundacin Siglo 21 (en el marco del proyecto Cerrando Brechas para erradicar la violencia contra las mujeres), que relev el cumplimiento de la Ley 24.102 de Cupo Femenino en las listas presentadas para las elecciones nacionales.
A pocos das de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultneas y Obligatorias (PASO), este sondeo evidenci que el 97% de las 401 listas para los cargos de diputados y senadores nacionales cumple con la Ley de Cupo. Del total de listas analizadas, solo el 3% registra incumplimientos de esa norma, es decir, 14 listas.
Las jurisdicciones que incumplen la obligacin de garantizar la participacin de las mujeres en las elecciones nacionales son 7 (Buenos Aires, Chaco, Ciudad de Buenos Aires, Entre Ros, Formosa, Misiones y Tucumn), la misma cantidad de provincias que incumplieron la norma de acuerdo con el relevamiento realizado por ELA en 2015. Sin embargo, el porcentaje de listas que incumplen sobre el total de las presentadas disminuy.
La Ley de Cupo establece un mnimo de representacin femenina en las listas, y seala que un 30% de las candidaturas con posibilidades efectivas de resultar electas deben ser mujeres. Adems, se requiere la alternancia en las candidaturas, ya que no puede haber ms de dos varones seguidos en las listas. Finalmente, otra manera de verificar la relevancia que se otorga a la participacin de las mujeres en los comicios es analizar cuntas de ellas estn encabezadas por mujeres.
Segn el monitoreo, se observa una evolucin positiva con respecto al relevamiento anterior realizado por ELA, en el que cumplan con la normativa el 90% de las listas. Sin embargo, se advierte que el hecho de que se sigan produciendo incumplimientos a la normativa vigente ms de un cuarto de siglo despus de su sancin pone de manifiesto que el compromiso con la igualdad an no est plenamente presente en los partidos polticos.
De las provincias analizadas, solo 8 (La Rioja, San Juan, San Luis, Buenos Aires, Santa Cruz, Jujuy, Misiones y Formosa) renuevan cargos para el Senado. En 2 de ellas, Buenos Aires y Misiones, se detectaron incumplimientos.
De las 320 listas analizadas, se identificaron 12 incumplimientos: 3 en la provincia de Tucumn, 1 en Formosa, 4 en Chaco, 3 en CABA y 1 en Entre Ros. Es decir, el 97% de las listas analizadas cumple con la Ley de Cupo.
La provincia que presenta una mayor proporcin de listas encabezadas por mujeres es Ro Negro, con un 71% (5 de 7 listas). En el extremo opuesto se encuentra la provincia de La Rioja, en donde no hay ninguna lista encabezada por una mujer.
Merece la pena mencionar el caso de la Alianza Ciudad Futura, en la provincia de Santa Fe, que haba presentado una lista conformada ntegramente por mujeres y que cobr visibilidad meditica al ser impugnada de oficio por la justicia. El juez federal con competencia electoral, Reinaldo Rodrguez, rechaz la oficializacin de la lista e inst a la fuerza poltica a incluir varones an cuando nadie de esa fuerza poltica haba cuestionado su conformacin totalmente integrada por mujeres. La sentencia fue apelada y lleg a la Cmara Nacional Electoral, que finalmente decidi rechazar la lista. Esta situacin pone de manifiesto una doble vara de la justicia electoral, ya que las 12 listas pertenecientes a 5 provincias que incumplan el cupo femenino fueron oficializadas, sin observaciones. Esos casos, a pesar de que presentaban claros incumplimientos de lo establecido en la ley de cupo femenino, no llegaron a la esfera pblica ni tampoco fueron observadas hasta el momento por los jueces federales con competencia electoral. Sin duda, es fundamental revisar y fortalecer el rol de la justicia electoral en el cumplimiento de las normas vigentes.