En el dictamen 104/14, emitido el 20 de este mes, Baquero Lazcano plante el criterio de confirmar la sentencia del juez del amparo -Mansilla- miembro del Superior Tribunal de Justicia.
Hace varios meses la empresa Greencor SA afirm que el sistema landfarming no es un basural petrolero, mientras la Secretara de Medio Ambiente asegur que la audiencia pblica es un trmite engorroso.
En este contexto, el presidente del bloque de legisladores de la Alianza Concertacin para el Desarrollo, Bautista Mendioroz, interpuso un amparo colectivo ambiental.
Por la cuestin planteada, la firma Greencor SA y el Municipio de Cinco Saltos, recurrieron la sentencia N 69 del 21/07/2014, dictada por Mansilla, que resolvi hacer lugar parcialmente a la accin intentada, disponiendo una serie de medidas a cumplimentar por parte de los demandados en la causa.
Entre otras consideraciones, Mansilla destac que la audiencia pblica de los interesados y eventuales afectados implica un mecanismo de participacin ciudadana establecido para ofrecer a la comunidad, a las autoridades y a las organizaciones la posibilidad de conocer, informar e informarse sobre la conveniencia de una obra o actividad que se encuentre desarrollando o en proyecto y los eventuales impactos que pueda causar al ambiente y, por ende, a la calidad de vida de los habitantes de ese lugar.
Mendioroz seal que el resolutorio no ha sido recurrido o apelado por el Estado provincial, es decir ni por la Fiscala de Estado, ni por la Secretara de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Ro Negro, ausencia que en gran medida debilita los cuestionamientos de la empresa demandada y del Municipio de Cinco Saltos, en tanto a su respecto no pueden acreditar afectacin de derechos o agravamiento de situaciones jurdicas actuales.
Mientras tanto, en su dictamen Baquero Lazcano sostuvo que recurrentes parten de la falsa premisa de interpretar que el juez de amparo descarta la existencia de contaminacin ambiental. En verdad, el juez no puede afirmar que la actividad que lleva adelante la firma Greencor SA contamine el ambiente o cause un impacto ambiental negativo, simplemente porque no han existido en autos pericias especializadas sobre el tema como para que pudiera concluirse en tal sentido. Sin embargo, ello no lo exime de adoptar un rol proactivo fundado en los principios rectores del Derecho Ambiental Moderno que por dems se han desarrollado en los considerandos de la sentencia, con base en legislacin y jurisprudencia afn.
En otro prrafo del dictamen, la funcionaria judicial destac que la ausencia de reclamos al tiempo del dictado de la resolucin ambiental cae como fundamento de agravio por su propio peso: los vecinos de Cinco Saltos no pudieron manifestarse antes del dictado del acto administrativo que autorizaba a Greencor SA a funcionar, precisamente por la falta de informacin que bien se hubiera suplido con la realizacin de la Audiencia Pblica que ahora se dispone, oportunidad en donde adems la comunidad podr expresar sus inquietudes y opinin. (ADN)