Rio Gallegos - Santa Cruz. 3 de Noviembre del 2025
ECONOMÍA

Herramientas tributarias en el marco de la emergencia económica

La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) dio detalles de las herramientas tributarias dispuestas a partir del decreto de emergencia económica y comercial.



Embargos: Suspensión de embargos por 90 días corridos, por única vez, en ejecuciones fiscales cuando el contribuyente tenga domicilio en Santa Cruz.

Tasas Administrativas: Eximir por 90 días las tasas previstas en el Anexo II de la Ley 3.485, cuando no superen la suma de $ 400 y la totalidad de las tasas y aranceles de la Secretaría de Turismo previstas en el Anexo II de la Ley 3.485 (apartado A del Capítulo III).

Impuesto Inmobiliario Rural: Periodo Fiscal 2019, se prórroga su vencimiento hasta el 30 de junio de 2020.

Intereses Resarcitorios: Remisión de intereses art. 51 CF. durante el plazo de la emergencia.

Planes de Pago: Plazo de gracia para el pago de la primer cuota en las nuevas regularizaciones de deuda de 3 meses


Sábado, 28 de marzo de 2020


 
 


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