El concejal Juan Carlos Figueroa manifest su preocupacin ante la falta de informacin demostrada por medios de comunicacin locales, desde los cuales se propagan versiones utilizando a la Asociacin Protectora de Animales, en las que se manifiesta que la municipalidad habilitar la captura y posterior sacrificio de animales adems de otras referencias totalmente errneas, debido a estas falencias en la informacin, se recuerda a la comunidad la vigencia de la Ordenanza votada por unanimidad que declara a Ro Gallegos como Ciudad No Eutansica.
Luego del veto total del ex Intendente Ral Cantn a la Ordenanza N 7352 sancionada en 2014 que modificaba la norma N 4763 derogada por Ordenanza N 8426 promulgada el 14 de setiembre de 2015 sobre Tenencia Responsable de Mascotas, es de destacar que el expediente fue evaluado por las comisiones de Transporte, Presupuesto y Hacienda y Legislacin General del Honorable Concejo Deliberante, en el proyecto el Colegio Veterinario de la provincia de Santa Cruz solicit modificar la Ordenanza N 4763 pidiendo a la comuna garantizar recursos humanos, econmicos y condiciones fsicas para sostener un albergue municipal de animales, los canes hallados y capturados en la va pblica sern devueltos a sus propietarios, mientras que el animal que no fuera reclamado transcurridas 48 horas, ser llevado al albergue para ser dado en adopcin o disponer su traslado a las Asociaciones Protectoras de Animales legalmente constituidas
La actual ordenanza que, entre otras modificaciones, est vigente en Ro Gallegos se fundamenta en el trabajo que se realiza en el municipio de Almirante Brown, que es el primer distrito No Eutansico de la provincia de Buenos Aires y el que lleva a cabo el mayor nmero de esterilizaciones masivas, sistemticas, extendidas, gratuitas y tempranas, gracias a la disposicin de un programa iniciado en el ao 1996.