SENTENCIA
Prisión perpetua para los padres de Abigail
Fue la sentecia dada por el tribunal a Karla Orellano y Carlos Tortello. Fueron condenados por "Homicidio agravado por el vínculo en concurso real con lesiones graves reiteradas, calificadas por el vínculo, en calidad de coautores”
En el marco del juicio por la pequeña Abigaíl, se dictó sentencia a Karla Orellano y Carlos Tortello. En la Cámara oral el Tribunal condenó a prisión perpetua a ambos padres por el crimen de la pequeña de siete meses.
Extracto de la sentencia: “Víctima de la violencia del hogar, motivados en el hartazgo, en la intención de liberarse del otro y en la obstinación de mantener una relación conflictiva y enfermiza, sometieron a la niña a malos tratos que ocasionaron el síndrome del niño sacudido, lo que provocó finalmente la muerte de paro cardiorrespiratorio por severo edema cerebral. Pero antes de ello se pudieron constatar otros daños, productos de actitudes violentas. Que dejaron lesiones irreparables para la humanidad de la bebe. Comparte la opinión vertida las vocales. Al respecto el tribunal consideró, que conforme lo analizado, al cual adhieren las vocales, la conducta de los imputados es constitutiva en el delito de homicidio agravado por el vínculo en concurso real con lesiones graves reiteradas, en calidad de coautores. Las lesiones graves concursan en forma real al haberse acreditado por los peritos forenses, con lesiones de larga data, con antigüedad de hasta tres meses".
Por su parte, la Dra. Núñez agregó: “Comparto la opinión, agregando que el dolo directo existe el deseo directo de matar. En cambio en el dolo eventual no es querido el resultado, pero quien actúa bajo esta modalidad sabe que es posible este resultado. No obstante decide actuar igualmente. A pesar de ello sigue actuando. Es claro en la conducta asumida por ambos acusados, ante la primera noticia de un posible maltrato a su hija. Su conducta se limitó a designar a un abogado para que lo defienda, no ver qué pasaba con su hija. Ambos estaban a solas con la pequeña. No quisieron solucionar, sino hubieran solicitado ayuda. La indiferencia de ambos acusados es evidente. Si bien la llevaron al médico. Lo hicieron informando otras dolencias. Sólo se preocuparon de lograr que el organismo de infancia no intervenga. Las múltiples lesiones óseas descartan la conducta negligente, llegando al dolo eventual. No se limitaban a discusiones, sino a la agresión física, siendo la pequeña objeto de la descarga de la ira de ambos, sin importarle que la misma resultara con lesiones de gravedad. Sorprende que ninguno de ellos sospechara del accionar de otro. Ninguno vio como el otro ejercía violencia. La denuncia que hizo por violencia la señora Orellana, el mismo día que internaron a su hija, resulta más que dudosa. Concurrió porque la llamaron desde el organismo de infancia, mientras su hija luchaba por su vida".
"El tribunal dicta: como pena para castigar a quienes cometen delitos como el que nos ocupa, corresponde condenar a ambos a la pena de prisión perpetua por considerarlo coautores. Del delito de homicidio agravado por el vínculo. En virtud y en lo dispuesto, la Cámara en lo Criminal falla a condenar a Karla Daniela Orellano, de las demás circunstancias, a la pena de prisión perpetua, como autora penalmente responsable. Condenar a Carlos Tortello, a la pena de prisión perpetua por considerarlo como autor penalmente responsable. Se debe mantener el estado de detención donde se encuentran alojados”.
Lunes, 2 de noviembre de 2015
|