NEUQUEN
Bronca de médicos por posibles sanciones
Desde el Colegio Médico de Neuquén expresaron su preocupación por una resolución emitida por el Ministerio de Salud provincial en la que determina multar y sancionar a aquellos médicos que prescriban medicamentos que no se encuentran en el Formulario Terapéutico Provincial (FTP) -aprobado en mayo pasado- elaborado por el Comité Provincial de Medicamentos (CPM), para su aplicación en todos los establecimientos del sector público.
Además, la resolución aprobada el 22 de julio pasado establece en su artículo 3 que “para solicitar la incorporación de nuevos principios activos, formas farmacéuticas o indicaciones al FTP”, los profesionales solicitantes deberán cumplir con la entrega de una serie de documentos previo a la prescripción o indicación de cualquier tratamiento. La presidenta del Colegio Médico de Neuquén, Silvia Ávila, señaló que esta resolución del Ministerio de Salud “atenta contra la libertad del ejercicio profesional, por ello los asesores letrados de nuestra institución están analizando el tema para solicitar que se revea la norma”. La resolución estipula una multa equivalente al valor del medicamento prescripto, según su publicación en la revista Kairos, y la inhabilitación en el ejercicio profesional de un mes a 5 años de suspensión temporaria de la matrícula. También la clausura temporaria o definitiva del consultorio, clínica, instituto, sanatorio u otro establecimiento donde actúen las personas que hayan cometido la infracción. Ávila explicó que “la autoridad puede decidir si va a dar cobertura o no a lo que prescribe el médico; la autoridad decide si esta medicación es adecuada, si corresponde la compra; ahora, lo que no se puede sancionar es a un profesional porque haga una receta”. La presidenta del Colegio Médico comentó que tomaron conocimiento de la normativa a partir de la inquietud de un oncólogo que pidió asesoramiento a la entidad. “Muchos de los medicamentos que los oncólogos prescriben pueden no estar incluidos en el Formulario Terapéutico. Estamos hablando de pacientes con enfermedades que no pueden esperar los tiempos que habitualmente esperan pacientes con otro tipo de trastornos”. Según Ávila, esta normativa no establece los mecanismos de emergencia y de pronta respuesta para el caso de urgencias, especialmente cuando se trata de niños con enfermedades poco frecuentes y pacientes con cáncer. “Si el paciente requiere de medicación no incluida en el Formulario Terapéutico y es medicación que está aprobada para su uso por el ANMAT y disponible para su adquisición, ¿es moralmente aceptable que se le prohíba recetarlo al médico porque no está en el Formulario Terapéutico? Y si lo prescribe, ¿debe pagar él el tratamiento y se le puede quitar la matrícula?”, se preguntó. (La Mañana)
Viernes, 12 de septiembre de 2014
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