Duro revés judicial al Gobierno
Jueves, 27 de agosto de 2026
Ordenan frenar la jubilación compulsiva de las juezas del Tribunal Superior
La Justicia dispuso una medida cautelar interina que congela los decretos del Ejecutivo y suspende de inmediato el cese de las vocales Reneé Fernández, Paula Ludueña y Alicia Mercau, ratificándolas en sus cargos en la cúpula del Poder Judicial de Santa Cruz.
En un fallo de alto impacto institucional que sacude el escenario político de la provincia, la Justicia puso un freno definitivo al intento de remoción de la cúpula judicial de Santa Cruz.

A través de una contundente resolución cautelar a la que tuvo acceso exclusivo TN Río Gallegos, se ordenó congelar los efectos del Decreto Provincial N° 608/24 y los acuerdos de la Caja de Previsión Social, haciendo lugar al planteo impulsado por las vocales del Tribunal Superior de Justicia: la Dra. Reneé Guadalupe Fernández, la Dra. Paula Ernestina Ludueña Campos y la Dra. Alicia de los Ángeles Mercau.

El dictamen expone con dureza los argumentos de la amparista, remarcando que forzar el cese de funciones de las magistradas sin resolver la cuestión de fondo causaría un daño de imposible reparación ulterior. La resolución señala de manera categórica la existencia de un riesgo inminente y una severa incertidumbre jurídica provocada por la imposición de obligaciones que vulneran derechos fundamentales y garantías constitucionales.

Frente a esta situación, la orden impartida desde el juzgado resulta inapelable en su alcance: prohíbe de forma absoluta al Poder Ejecutivo y a la Caja de Previsión Social avanzar con cualquier mecanismo de reemplazo. El fallo prohíbe declarar las vacantes de los cargos, frena la emisión de nuevos pliegos hacia la Legislatura y bloquea la designación de nuevos magistrados, decretando que ninguna de las tres vocales puede ser dada de baja del sistema ni despojada de sus haberes liquidados.

Con esta medida dictada bajo la modalidad in audita parte por razones de extrema urgencia e impostergabilidad, la Justicia blindó la inamovilidad de Fernández, Ludueña y Mercau en sus cargos por un plazo inicial de 60 días. Al mismo tiempo, otorgó un plazo perentorio de solo tres días para que las autoridades del Ejecutivo y del organismo previsional presenten los informes correspondientes, marcando un límite contundente a la pretensión de aplicar retiros de oficio en la máxima instancia judicial de la provincia.
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