La condena contra Fermn Torrijo Claro (30) y Cinthia Vargas Ricardi (26) fue impuesta por los jueces del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, el cual fue integrado por Pedro Jos de Diego, Jorge Guanziroli y Nora Cabrera de Monella.
En el juicio, los procesados recibieron la asistencia tcnica de la defensora pblica, Mara Fernndez Van Raap, mientras que la parte acusadora fue representada por Mariano Snchez.
La denuncia la realiz un matrimonio que resida en una casa contigua a la que ocupaban los ahora condenados. La presentacin se hizo el 30 de mayo de 2011, ocasin en la que se dio a conocer el hecho a pedido de la propia vctima de 12 aos.
Tras el debate, en el que se incluyeron testimonios por videoconferencia, el fiscal Snchez solicit al tribunal que Torrijo Claro y Vargas Ricardi fueran declarados coautores penalmente responsables del delito de trata de personas, en los trminos del artculo 145 ter del Cdigo Penal. Solicit la aplicacin de una pena de 10 aos para ella y de 11 aos para l.
La defensa, en tanto, reclam la absolucin de ambos procesados y de manera subsidiaria, que fueran condenados bajo una calificacin menos gravosa como lo es el ingreso de manera ilegal al territorio argentino.
La pasaron con documento falso
La vctima tena 12 aos cuando fue trada desde Bolivia con identificacin falsa y segn surge del caso, Vargas Ricardi fue la encargada de acordar con la madre de la nia para traerla a la Argentina.
La progenitora no habla castellano y se le prometi que en la Patagonia la nena ira a la escuela, algo que en su pas nunca jams haba hecho. No saba leer, ni escribir. A cambio tendra que ayudar en las tareas de la casa, algo que para ella no representaba frustracin alguna.
La criatura fue alojada en la vivienda que el matrimonio alquilaba en el barrio Moure y se encargaba del cuidado de los hijos del matrimonio, los baaba, los llevaba al jardn, los haca jugar y alimentaba. Tambin se encargaba de limpiar la casa, lavar la ropa a mano. Lo que no haca era lo que ms anhelaba: ir a la escuela.
La nena reciba maltratos verbales y fsicos, mientras que en otra causa que todava se encuentra en instruccin, se investiga el presunto abuso sexual sufrido por la nia de parte del jefe de familia.
El 30 de mayo de 2011 la nena pidi ayuda a una vecina y se radic la denuncia. De inmediato se activaron los protocolos dispuestos para casos de trata de personas y la menor de edad recibi la asistencia de equipos multidisciplinarios.
En uno de los votos los jueces sostienen que el hecho de que la nena pudiera deambular en ocasiones circunstanciales por lugares de la ciudad, no demasiado lejanos del lugar que habitaba, no implica que no exista sujecin a sus explotadores, pues tales salidas respondan al cumplimiento de "sus obligaciones": realizar las compras, llevar al jardn a uno de los hijos de la pareja.
"No se ha discutido acerca de una privacin de libertad sino de una condicin que le impeda a la nia volver a su lugar de origen, llevar una vida digna con un mnimo de ajuar adecuado con escolarizacin y buen trato. La nula cantidad de dinero que posea, la ausencia de documentacin que la identificara, su marcado analfabetismo e inmadurez -evit que la menor pudiera comunicarse ya que si bien es cierto que tuvo un telfono celular a su alcance, tambin lo es que no saba cmo utilizarlo- todo ese contexto cercenaba, no le permita alejarse demasiado", se marca en uno de los prrafos salientes del fallo.
Y en tal sentido se agrega: "debe tenerse en cuenta que la escasa edad, sus primitivos enlaces de socializacin, su analfabetismo, su poca capacidad de expresin, la coercin a la que era sometida, todo en un lugar desconocido y alejada e incomunicada de su familia que la haba vendido o alquilado, potenciaba su condicin de inerme frente a las circunstancias que la daaban, configurando ello a su vez tanto un corolario como una repeticin de la condicin de vulnerable, que dio inicio al infortunio que hubo de vivir debindose agregar el modo ilcito de su ingreso al pas, lo que demuestra que los tratantes saban bien lo que estaban haciendo".
Finalmente, el tribunal resolvi condenar a Fermn Torrico Claro como coautor penalmente responsable del delito de trata de persona menor de 13 aos de edad, agravado por el estado de vulnerabilidad de la vctima y engao, a la pena de 11 aos de prisin, accesorias legales y costas, mientras que Cinthia Vargas Ricardi fue condenada como coautora penalmente responsable del delito de trata de persona menor de 13 aos de edad, agravado por el estado de vulnerabilidad de la vctima y engao, a la pena de 10 aos de prisin, accesorias legales y costas. (Fuente: El Patagnico)